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Si un perro de manejo especial tienes, estas normas al pie seguir debes

Por: webmasterlocal
Publicado el: Abril 2023
Si un perro de manejo especial tienes, estas normas al pie seguir debes

Como propietarios de animales de compañía además de darles el amor, comida, un hogar donde vivir y el cuidado veterinario necesario, también tenemos responsabilidades con la ciudadanía, especialmente si nuestro perro, en este caso, es de manejo especial.

Por esto y para mejorar la convivencia en la localidad, desde la Alcaldía Local de Kennedy te traemos unos consejos si tienes un canino clasificado como potencialmente peligroso.

¿Qué es un canino potencialmente peligroso?

Según el Código Nacional de Policía, se consideran ejemplares caninos potencialmente peligrosos aquellos que presenten una o más de las siguientes características:

  1.  Caninos que han tenido episodios de agresiones a personas; o les hayan causado la muerte a otros perros.

  2. Caninos que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

  3. Caninos que pertenecen a una de las siguientes razas o a sus cruces o híbridos: American Staffordshire Terrier, Bullmastiff, Dóberman, Dogo Argentino, Dogo de Burdeos, Fila Brasileiro, Mastín Napolitano, Bull Terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, de presa canario, Rottweiler, Staffordshire Terrier, Tosa Japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno nacional determine.

¿Qué responsabilidades tengo?

El propietario o tenedor de un canino potencialmente peligroso, asume la total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione a las personas, a los bienes, a las vías y espacios públicos y al medio natural, en general. 

¿Cómo registrar un perro potencialmente peligroso?

Las razas mencionadas anteriormente deben ser registradas en el censo de caninos potencialmente peligrosos, para obtener el respectivo permiso. En este registro debe constar necesariamente:

  1. Nombre del ejemplar canino.

  2. Identificación y lugar de ubicación de su propietario.

  3. Una descripción que contemple las características fenotípicas del ejemplar que hagan posible su identificación.

  4. El lugar habitual de residencia del animal, con la especificación de si está destinado a convivir con los seres humanos o si será destinado a la guarda, protección u otra tarea específica. Para proceder al registro del animal, su propietario debe aportar póliza de responsabilidad civil extracontractual, la que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, bienes, o demás animales; así como el registro de vacunas del ejemplar, y certificado de sanidad vigente, expedido por la Secretaría de Salud. Será obligatorio renovar el registro anualmente, para lo cual se deberán acreditar los requisitos establecidos para la primera vez. En este registro se anotarán también las multas o medidas correctivas que tengan lugar, y los incidentes de ataque en que se involucre el animal. Una vez registrado el ejemplar, la autoridad distrital, municipal o local delegada, expedirá el respectivo permiso para poseer esta clase de perros. Este permiso podrá ser requerido en cualquier momento por las autoridades de Policía respectivas. 

Las 9 cosas que debes evitar como propietario

  1. Dejar deambular caninos potencialmente peligrosos en espacio público y privado, lugar abierto al público, o medio de transporte público.

  2. Trasladar un ejemplar canino potencialmente peligroso en el espacio público, zonas comunes o en los lugares abiertos al público o en el transporte público en que sea permitida su estancia, sin bozal, traílla o demás implementos establecidos por las normas vigentes.

  3. Incumplir las disposiciones establecidas para el albergue de caninos potencialmente peligrosos.

  4. Importar o establecer centros de crianza de razas de caninos potencialmente peligrosos sin estar autorizado para ello.

  5. Incumplir la normatividad vigente de registro, posesión, compra, venta, traspaso, donación o cualquier cesión del derecho de propiedad sobre caninos potencialmente peligrosos.

  6. Permitir a niños, niñas o adolescentes la posesión, tenencia o transporte de ejemplares caninos potencialmente peligrosos.

  7. Permitir tener o transportar ejemplares caninos potencialmente peligrosos a personas que tengan limitaciones físicas o sensoriales que les impidan el control del animal.

  8. Tener o transportar caninos potencialmente peligrosos estando en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas.

  9. No contar con póliza de responsabilidad civil extracontractual por la propiedad o tenencia de ejemplares caninos potencialmente peligrosos, una vez el Gobierno nacional expida la reglamentación sobre la materia.

Ten en cuenta que el cometer alguna de estas acciones puede acarrear una multa y que una localidad en la que convivamos en paz con nuestras mascotas depende de nosotros.
 

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