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¡Pilas! Desde este 1 de enero se abren las inscripciones para hacer parte del Consejo de Planeación Local de Kennedy

Por: webmasterlocal
Publicado el: Enero 2024
¡Pilas! Desde este 1 de enero se abren las inscripciones para hacer parte del Consejo de Planeación Local de Kennedy

Conforme al Acuerdo 878 de 2023 y el Decreto 580 de 2023, La Alcaldía Local de Kennedy abre convocatoria para la nueva conformación del Consejo de Planeación Local de Kennedy (CPLK) 2024-2027.  

Las personas interesadas en representar los sectores que quieran conforman esta instancia tendrán la función de diagnosticar y priorizar las necesidades de la localidad, aportar insumos y realizar recomendaciones para la formulación y ejecución del Plan de Desarrollo Local, organizar los Encuentros ciudadanos, entre otras.

Para la conformación de los CPL se propenderá para que en su conformación exista un mínimo del 40% de representación de mujeres.
 

Por favor leer atentamente las preguntas, diligenciar la totalidad del formulario y anexar en PDF los documentos solicitados antes del 23 de enero de 2024.
 

Los datos suministrados en este formulario serán tratados de forma reservada y de acuerdo a la política de privacidad de datos estipulados por la Ley 1266 de 2008. 
 

Adicionalmente, se recibirán los documentos para la inscripción de Lunes a Viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., en la oficina de Participación de la Alcaldía Local, ubicada en la Transversal 78 K # 41 A - 04 Sur.
 

Las inscripciones estarán abiertas desde el 01 de enero hasta el 23 de enero del 2024 y estará habilitada la recepción de documentos a través del siguiente formulario:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdaPirUE0OLhCZOZPcV4YaJ23wapdXU...

 

Por favor - anexe en un solo PDF los documentos solicitados.
 

La convocatoria está abierta para las siguientes organizaciones:
 

§ Representante de la Asociación de Juntas de Acción Comunal

§ Representante por cada Consejo Local

§ Representante de comunidades indígenas y étnicas

§ Representante de Asociaciones de Padres de Familia

§ Representante de Organizaciones Juveniles incluidas las organizaciones estudiantiles

§ Representante de Rectores de Establecimientos educativos públicos y privados

§ Representante de Organizaciones de Comerciantes y MiPymes

§ Representante de Organizaciones de economía popular

§ Representante de Organizaciones de vendedores informales

§ Representante de Organizaciones de Industriales

§ Representante de Gerentes de establecimientos de salud pública local

§ Representante de Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales.

§ Representante de Organizaciones ambientales

§ Representante de Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales

§ Representante de Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal

§ Representante de Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados

§ Representante de Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes

§ Representante de Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos

§ Representante de Organizaciones L.G.B.T.I.Q

§ Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros

§ Representante de Organizaciones campesinas

§ Representante de Organizaciones de personas con Discapacidad

§ Representante de. Organizaciones de personas cuidadoras de esta población

§ Representante de Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal

§ Representante de Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra de conformidad con la ley.

§ Representante de las Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Bici-usuarios, ciclistas y/o movilidad alternativa

 

Los representantes de las asociaciones, organizaciones y sectores serán escogidos en forma autónoma y democrática de conformidad con sus estatutos y deberán acreditarse ante la alcaldía local dentro de los quince (15) días siguientes a la convocatoria.

 

Cronograma
 

01 al 23 de enero de 2024

Inicio periodo de inscripción de representantes
 

23 de enero de 2024

Cierre del período de inscripción de representantes
 

22 al 24 de enero de 2024

Revisión de la documentación solicitada 

25 de enero
Solicitud de subsanación de documentos 
 

26 al 28 de enero de 2024

Subsanación por parte de aspirantes  
 

29 de enero de 2024

Publicación definitiva de Representantes
 

30 de enero de 2024

Posesión de representantes  

 

Este proceso será realizado por delegados de la Alcaldía Local, del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC), La Secretaría Distrital de Planeación y el referente local de Veeduría.

 

Cuando se acrediten varios representantes de un mismo sector u organizaciones afines, los inscritos elegirán a quien los representará, dentro de los cinco (5) días siguientes, previa convocatoria del (la) Alcalde (sa) local, la cual deberá producirse al día siguiente del vencimiento del término fijada para la conformación del Consejo según cronograma.

 

Vencidos los términos para acreditar o elegir los representantes, si las organizaciones o sectores no lo hubiesen hecho, el (la) Alcalde (sa) Local designará a uno de los miembros afiliados de tales organizaciones.

 

 

Requisitos

 

Quienes estén interesados deberán presentar los documentos establecidos en el Decreto 580 de 2023 los cuales son:

 

1. Postulados por sectores y gremios.

- Carta de certificación firmada por el representante legal o presidente de la organización, donde conste que la persona hace parte de la organización o ha hecho parte de ella, fecha de ingreso y retiro si fuere el caso, nombre completo, teléfono celular, dirección de residencia, correo electrónico de contacto y un breve perfil profesional de las personas postuladas, del sector para el cual se postula la terna.

- Copia del documento de identidad de las personas postuladas.

- Certificado de existencia y representación legal o la prueba de personería jurídica de las organizaciones legalmente constituidas, no superior a noventa (90) días de expedición.

- Copia de los estatutos donde figure objeto e integrantes de la Junta Directiva.

- Copia del acta de constitución, no inferior a ciento ochenta (180) días de vigencia, especificando el objeto de la organización, integrantes de la junta directiva.

- Soportes de la experiencia en el tema o sector para el postule persona

 

2. Postulados por Juntas Administradoras Locales, Consejos de Planeación Locales, Consejos Distritales, Asojuntas, Consultiva Distrital comunidades afrodescendientes, Cabildos Indígenas.

- Carta firmada por el presidente de la corporación pública, consejo o autoridad indígena respectiva, indicando: nombre completo del postulado, fecha de ingreso y retiro si fuere el caso, número del documento de identidad, teléfono, dirección de residencial y correo electrónico de contacto.

- Acta de la sesión de las corporaciones públicas, Consejos o instancias de participación, en la cual se aprobó la delegación del delegado (a).

 

3. Organizaciones.

- Carta firmada por el representante legal o por quien presida la organización reconocida, con el aval para su postulación, nombre completo, datos de contacto, perfil profesional o de experiencia en el sector para el que es postulado, no mayor a treinta (30) días de expedición;

- Copia del documento de identidad de la persona postulada;

- Copia de la personería jurídica en caso de ser una organización legalmente constituida y los estatutos, no superior a noventa días de expedición;

- Acta de conformación de la organización reconocida y soportes de la experiencia en el campo para el que se postula la persona, no inferior a ciento ochenta (180) días;

- Copia de la hoja de vida con los soportes en los que se demuestre la experiencia social y técnica para el sector en el que se postula; con foto de 3x4 en fondo blanco para el tarjetón.

En cumplimiento de lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 12 del Acuerdo 878 de 2023, se entenderá por organización reconocida, aquella que demuestre que sus integrantes, en lo referido a grupos poblacionales o sectoriales, cuente con un mínimo de integrantes del 50% pertenecientes al grupo poblacional que dice representar, que cuente con un acta de constitución no menor a seis meses, y que demuestre la experiencia de trabajo en el sector o grupo poblacional respectivo.  

Se entenderá por organizaciones legalmente constituidas o reconocidas, aquellas que se encuentren certificadas por un registro oficial, copia del registro o la personería jurídica, estatutos debidamente expedidos y el acta en el que se delega oficialmente la postulación por parte del representante legal ante el IDPAC.

 

Causales de Rechazo o Devolución de documentos.

- Documentos que no cumplan con los criterios establecidos (tiempo)

- Documentos Ilegibles

- Documentos sin firma  

- Documentos que no estén en PDF

 

Para más información o dudas sobre el proceso puede escribir al correo: participacion.kennedy@gobiernobogota.gov.co

 

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