ALCALDÍA LOCAL DE KENNEDY Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Usted está aquí

Haz parte del Consejo de Planeación Local de Kennedy y aporta tus ideas para decidir en qué se invertirán los recursos de la localidad

Por: webmasterlocal
Publicado el: Agosto 2021
Haz parte del Consejo de Planeación Local de Kennedy y aporta tus ideas para decidir en qué se invertirán los recursos de la localidad

Con el fin de elegir a los ocho representantes que conformarán el Consejo de Planeación Local (CPL) de Kennedy, la Alcaldía Local abrió la convocatoria para que los interesados se inscriban y hagan parte de esta instancia, que tiene entre sus responsabilidades aportar en el proceso de planeación, desarrollo e inversión estratégica de los recursos económicos.

Las inscripciones estarán abiertas entre el 11 de agosto y el 15 de diciembre de este año y estará habilitada la recepción de documentos a través del formulario AQUÍ.

Adicionalmente, se recibirán los documentos para la inscripción en la oficina de Participación de la Alcaldía Local, ubicada en la calle 19 Sur # 69 C – 17.

Cabe destacar que, según la Secretaría Distrital de Gobierno, los CPL estarán conformados por representantes de organizaciones juveniles, de comerciantes, de industriales, ambientales, de adulto mayor y/o pensionados, rectores de establecimientos educativos, comunidades étnicas, asociaciones de padres de familia y organizaciones no gubernamentales (ONG), entre otras.

También hacen parte delegados de Asociación de Juntas de Acción Comunal (Asojuntas), Consejos Tutelares y gerentes de establecimientos de salud pública local.

Concretamente, para el caso de Kennedy están abiertas las vacantes para los siguientes sectores sociales:

1. Rectores de instituciones educativas
2. Organizaciones sociales del sector salud
3. Organizaciones de Propiedad Horizontal
4. Organizaciones Juveniles
5. Organizaciones de Recicladores y recicladoras
6. Organizaciones de Mujeres
7. Organizaciones o asociaciones de victimas
8. Organizaciones de Barras Futboleras
9. Colectivo y/u organizaciones de animalistas
10. Organizaciones de Derechos Humanos
11. Organización de industriales
12. Organización de comerciantes

Cronograma

Posterior al cierre de las inscripciones iniciará la revisión de documentos y cumplimiento de requisitos.

Este proceso será realizado por delegados de la Alcaldía Local, del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC) y el referente local de Veeduría, con el acompañamiento de por lo menos un delegado del CPL.

En los casos en los que se postule más de un representante por sector vacante, se convocará a los inscritos por escrito para la elección de un único representante. Solo se eligen los inscritos asistentes en el día y en el horario determinado por la Alcaldía Local.

Posteriormente, se convocará al IDPAC, la Personería, la Veeduría y las personas inscritas para llevar a cabo el acto de elección (en los casos que aplique) y posesión de los consejeros que ocuparán las vacantes.

Las organizaciones inscritas pueden proponer el procedimiento mediante el que se elige su representante. Si no se cuenta con dicho procedimiento, se sugiere:

1. Instalación del acto de elección por parte de la alcaldesa o delegado/a
2. Exposición resumida sobre el consejo (atribuciones, funciones, periodo, etc.) a cargo del IDPAC.
3. Nombramiento de moderador y relator de la asamblea. Coordinado por delegado de la Alcaldía.
4. Presentación del mecanismo de elección elegido por las organizaciones. Se sugiere:
• Presentación de los candidatos (5 minutos cada uno): formación, experiencia, trayectoria de la organización y razones para ser candidato y cómo liderará su sector.
• Elección por mutuo acuerdo.
• Votación o elección: Si no se llega a acuerdo, se elegirá a quien tenga la mitad más uno de los votos. Si persiste el empate después de tres rondas de votaciones, “el Alcalde o Alcaldesa Local designará a uno de los miembros afiliados de tales organizaciones” a partir de criterios como experiencia, conocimiento de la localidad y reconocimiento social de los aspirantes.
5. Evidencias y memoria: Se levantará acta de la elección y se dejará firmada el mismo día (moderador, relator, representante de Alcaldía Local, personero local, representante de la Veeduría, representante del IDPAC y asistentes a la reunión). Una copia de estas actas será enviada a IDPAC y a la Secretaría Distrital de Gobierno y publicadas en la página web de la Alcaldía Local.
 

Requisitos

Quienes estén interesados deberán presentar los siguientes documentos:

1. Carta de la organización que presente a la persona delegada para participar en el proceso de elección de Consejos de Planeación Local y describiendo brevemente la vinculación de la organización en la respectiva localidad, así como la experiencia en los asuntos y actividades del sector al que quieren representar.

2. Copia de la personería jurídica del registro de la Cámara de Comercio o el acto administrativo que crea la organización. Si bien se busca asegurar que las organizaciones que se inscriban sean realmente representativas de su sector, también es cierto que el señalamiento de dichos documentos está orientado a permitir que dichas organizaciones cuenten con el mayor número de opciones posibles para facilitar su inscripción. Por eso, es importante resaltar que pueden presentar, tal y como lo señala la circular, cualquiera de los tres documentos, según la naturaleza de la organización y no obligatoriamente los tres.
De igual forma, en relación con el acto administrativo que las crea, se considera que este es un documento mediante el cual se formaliza y reconoce la creación o conformación de formas organizativas, el cual puede ser expedido por entidades públicas o privadas de nivel distrital o nacional, en el marco de sus competencias. (En casos donde estén legalmente constituidas).

3. Aval: entendido como la certificación expedida por una organización social y comunitaria o por un representante de la entidad o institución. La certificación de aval, inicialmente planteada para las organizaciones juveniles, se extiende a los diferentes tipos de organizaciones señaladas en el Acuerdo 13 de 2000 y de la Circular 002 de 2020.

4. Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la organización, en el caso de que la organización esté legalmente constituida.

5. Copia de la cédula de ciudadanía del delegado de la organización al proceso de elección del Consejo de Planeación Local.

6. Certificado de residencia en los casos que aplique (solicitud del CPL).

Para más información o dudas sobre el proceso puede escribir al correo: participacion.kennedy@gobiernobogota.gov.co

Recuerda consultar más información de la Alcaldía Local, en nuestras redes sociales:
Facebook: @alcaldia.kennedy
Twitter: @Alcaldiakennedy
Instagram: @alcaldiakennedy